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Aclaración: Explotación de la credulidad (artículo 366 del código penal uruguayo) - A LA CAZA DE LA BRUJA




Estando un domingo en Sarandí Grande - una localidad de mi Florida natal, en el Uruguay - donde hoy reside gran parte de mi familia (y en ocasión de celebrar el Día de la Madre), mi hermana me comentaba la sorpresa que se había llevado al estar ojeando las modificaciones establecidas por la más reciente Ley de Faltas, y encontrar un artículo del Código Penal uruguayo (el 366, del año 1933!), que dice:

-  Será castigado con 10 U.R. (diez unidades reajustables) a 100 U.R. (cien unidades reajustables) de multa o prisión equivalente: 1º (Explotación de la credulidad). El que con objeto de lucro interpretare sueños, hiciere pronósticos o adivinaciones, o abusare de la credulidad de otra manera semejante.-

También sorprendido (porque ya lo conocía pero me extraña que todavía esté, dado que me suena como una especie de inadmisible y moderna cacería de brujas, algo que atenta y contradice todo lo que se ha estado haciendo para eliminar cualquier clase de disriminación) y efectuando una rápida investigación, comprobé que una disposición casi idéntica aparece en los códigos de muchos otros países del mundo desde hace bastante tiempo.

Y claro que mi profesión podría entrar dentro de lo que allí se pone, pero atendiendo a la literalidad del texto me parece - al menos en primera instancia - un gran desvarío del legislador, porque entonces tendrían que marchar presos también una gran cantidad de políticos (que hacen promesas y luego no cumplen), los psicoanalistas (que interpretan sueños), los meteorólogos (que establecen pronósticos del tiempo), los comentaristas deportivos (que predicen resultados de torneos  y competencias), los economistas (que siempre están intentando adivinar de cuánto será el índice inflacionario en los próximos meses) y en general todos los investigadores científicos, que al fin de cuentas es tarea y objetivo principal de toda ciencia poder predecir acontecimientos futuros, en base a los datos y conclusiones ya obtenidas.

Pero en un análisis más exhaustivo me fijo en la parte en que expresamente aclara 'con objeto de lucro... abusare de la credulidad', y aunque no soy juez para afirmarlo con la propiedad debida, me parece que es allí donde en realidad se esconde el espíritu de esta ley, que - como aprendí en la Facultad de Derecho, donde estudié Relaciones Internacionales - es siempre lo más importante de hallar en las normas.

Por supuesto que es discutible, y como cualquier abogado bien sabe, en realidad todo depende de la interpretación que al final el sistema le quiera dar, dependiendo de cada caso, porque que hay estafas nadie lo puede negar, y me animaría a decir que todos conocemos algún que otro caso, más que nada relacionado con ciertas tendencias religiosas 'evangélicas' (que cambian perdón de pecados por diezmos, como lo hacían las antiguas 'Indulgencias' católicas) o inescrupulosos agoreros que se aprovechan de la desesperación de sus clientes para embaucarlos y sacarles la mayor cantidad de dinero posible, y ni que hablar de los fraudes que a mi entender podrían ser los más descarados y hasta institucionalizados (además de eventualmente dañinos), como los casinos, loterías y demás juegos de apuesta.

Así que, por las dudas y en pos de separar la paja del trigo, quisiera volver a aclarar que lo que por mi parte cobro relacionado con el Tarot - además de lo que gano por la publicidad en mi blog, que me lo pagan las empresas a través de Google y no los visitantes - es simplemente por mi tiempo al abrir las cartas y realizar su interpretación, que no directa adivinación (más allá de lo ridículo que me parezca penarla), como lo he estipulado ya muchas veces, y están no sólo mi propia historia, sino también todos los posts que he estado escribiendo, para prueba.

La diferencia podrá parecer sutil, pero creo que es al fin de cuentas fundamental.

Yo no realizo ningún tipo de 'trabajo', lo que propongo extra (simpatías, oraciones, etc.) es siempre a cambio de nada, y bajo la exclusiva responsabilidad de quien se decida a emplearlo.

Muchos son quienes me lo han pedido, e incluso ofrecido cuantiosos montos a cambio, pero como no le vendo mi alma al Diablo, soy incluso muchísimo más temeroso de la justicia divina que de la humana, y no creo que la plata lo sea todo en la vida, mi respuesta negativa ha sido siempre la misma, y de ello pueden dar fe los propios involucrados.

Pero alguien puede tan ilusamente pensar que lo que me piden a mí no se lo solicitan a otros, y que estos tampoco se lo brindan?

Entonces cuidado al señalar, porque hay tantos tipos de profesionales como de clientes hay, y aunque después aparezcan las quejas, al fin de cuentas de quién es en realidad la mayor culpa, del 'chancho o del que le da de comer'?

Hechas las aclaraciones, instando desde mi humilde lugar porque en algún momento se modifique esa redacción y se elabore un artículo más preciso, y valiéndome de otro dicho local muy popular, sólo me resta tranquilamente agregar que, en caso de que a alguien le quepan dudas, 'a mí que me revisen'...





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